Es casi seguro que muchos de los actuales habitantes de Neuquén ignoran que hubo un período en que la Policía del Neuquén tuvo jurisdicción sobre una determinada porción territorial de lo que hoy es la provincia de Río Negro. Efectivamente, el día 17 de mayo de 1916, se labró en el local de la Jefatura de Policía de Neuquén, un acta en la cual el jefe de Policía del Territorio Nacional de Río Negro, don Juan Carlos Pérez Colman, en cumplimiento con lo dispuesto en el Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 29 de abril de 1515, firmado por el Presidente Victorino de la Plaza (1840-1919), referido a la anexión de Departamentos, hizo entrega al Jefe de Policía del Territorio del Neuquén, Dr. don Eduardo Talero, los bienes existentes y personal que se detallaron en los respectivos inventarios Correspondientes a la Comisarías existentes en los Departamentos General Roca y El Cuy, tratándose de las unidades policiales con asiento en las localidades de Gral. Roca, Alien, Cipolletti, El Cuy y la Subcomisaría de Mencué. Por entonces, al frente de esas dependencias se encontraban:
- Comisaría de Gral. Roca, el Comisario Hipólito Mirap
- Comisaría de Cipolletti, el Comisario Alfredo García Ponte
- Comisaría de Allen, el Comisario Juan Malagrava
- Comisaría de El Cuy, el Comisario Fermín Rosas Cuestas
- Subcomisaría de Mencué, el Comisario Alberto Caso Rosendi
Con relación al decreto presidencial mencionado, puede decirse que el mismo fue propiciado por el señor Isidoro Ruiz Moreno quien estaba al frente de la Dirección General de Territorios Nacionales que, según se supone, lo hizo basado en las acertadas sugerencias del notable gobernador neuquino, don Eduardo Elordi quien tenía una precisa noción de la problemática que se daba en la región. Para tener una idea sobre las razones que movieron a gobierno central a tomar semejante decisión, seguidamente se transcribe su contenido:
“Buenos Aires, Abril 29 de 1916.- Vista la presente nota de la Dirección General de Territorios Nacionales.-
- Que la población de los departamentos General Roca y El Cuy del territorio nacional del Río Negro, por su alejamiento de la capital del territorio, en situación cada vez más inconveniente, pues a medida que se acentúa el aumento del número de habitantes y SE desenvuelve la producción, surgen mayores y más complejas actividades, que dicho ajamiento dificulta en su regular desarrollo.-
- Que la distribución geográfica de la población en el citado territorio, presenta dos zonas de densa agregación, la precordillerana y la del litoral atlántico, separadas o interceptadas, por la parte media del territorio por una amplia región de tierra fiscal y escasísima población.-
- Que los dos núcleos de densidad precitados no están vinculados entre sí por las necesidades del intercambio mutuo, sino que exportan sus productos y dirigen sus actividades, el precordillerano hacia el Oeste por Chile o Buenos Ares por el Norte, el del litoral hacia el Este y Norte por el mar o el Ferrocarril del Sud.-
- Que a disposición de la red de caminos y comunicaciones está dispuesta de acuerdo a esa orientación de las actividades económicas, siendo numerosas las vías de comunicación al Este y Oeste y escasas en el centro –
- Que si el factor geográfico separa a las dos zonas de agrupación demótica haciendo depender a la una del Neuquén y a la otra de Viedma, su respectiva producción acentúa más aún esa separación, haciendo que los productos de los Departamentos «General Roca» y «El Cuy» hallen salida directa a Bahía Blanca y la Capital Federal sin vinculación con la Capital del territorio de la que están separados por una distancia tal, que encarece los fletes, esterízando todo intercambio; que no solamente existen inconvenientes para la población y la economía local sino que la situación actual trae aparejadas serias dificultades administrativas pues la gobernación, cuya sede oficial está en Viedma, sobre el litoral, no puede ejercer de un extremo a otro de la comarca, la vigilancia y acciones rápidas que serían necesarias para el buen y eficaz gobierno de esas regiones.-
- Que las mismas dificultades encuentran los pobladores que por sus intereses tienen que recurrir a la gobernación.-
- Que la actual disposición, además de ser lógica, es onerosa, pues el transporte de empleados, gendarmes, presos, que constantemente por necesidades del servicio administrativo, tiene que trasladarse de Este a Oeste o vice-versa del territorio, cuesta crecidas erogaciones al erario.-
- Que las modificaciones que se proyecta introducir a la actual división política de los territorios del Río Negro y Neuquén no significan gasto alguno para el erario público, desde que no había necesidad de crear un nuevo personal administrativo y judicial, pasando tan solo el que se halla en funciones en dichos departamentos a depender de la gobernación del Neuquén.-
- Que la anexión de los citados departamentos en la forma descripta ha sido prevista e incluida en el proyecto de la ley de organización de los territorios nacionales que se presenta a la consideración del H. Congreso, quien de acuerdo al art. 64 de la Constitución Nacional está facultado para dictar toda legislación especial en lo relativo a los territorios nacionales, pudiendo el RE. en casos de urgencia dictar las medidas administrativas que fuesen necesarias con cargo de someterlas a la aprobación de aquel H. Cuerpo.-
Por tales motivos. El presidente de la nación Argentina. DECRETA: Art. 1ero. Los departamentos General Roca y El Cuy del territorio nacional del Río Negro, pasarán a depender del Neuquén a cuyo territorio serán anexados en la forma actual y con los límites conferidos por el decreto de octubre 20 de 1915, salvo las modificaciones que pueda introducir en esta disposición el H. Congreso a quien se dará cuenta de la presente medida, en su próximo período parlamentario.- Art. 2do. Comuniqúese, publíquese, dése al Registro Nacional y resérvese.- PLAZA.- Miguel S. Ortiz».-
- «Gobernación del Neuquén. Límites de los departamentos General Roca y El Cuy, anexados a esta gobernación por Decreto del 29 de abril de 1916″.»General Roca. Cap. General Roca».
- «Noreste. Río Colorado, desde el límite con el territorio del Neuquén, hasta el esquinero Noroeste del departamento Avellaneda»-
- «Este. Límite Oeste del departamento Avellaneda en la parte comprendida entre los ríos Colorado y Negro».
- «Sud. Río Negro, desde los límites con el territorio de Neuquén hacia el límite Oeste del departamento Avellaneda».
- «Oeste y Sudoeste. Territorio del Neuquén».
- «El Cuy. Cap. El Cuy»
- «Noreste. Río Negro, desde el límite con el Neuquén hasta el límite Oeste de la propiedad Víctor Molina. Sección XIII del Valle.»
- «Este y Sudeste. Límite Oeste de la propiedad Víctor Molina. Sección XII del Valle y Noroeste del departamento Avellaneda y la línea que une los Cerros Dos Hermanos, Sosa, Trapalcó, Sierra Negra, Cerro Cakef, Huíncul y Pilquiniyen».
- «Oeste y Noroeste. Límites Oeste de las secciones IV desde el Cerro Pilquiniyen y XXVI del Valle, hasta Río Limay y límite con el territorio del Neuquén hasta el Río Negro».- (O.D. N° 248)
Este traspaso de dependencias y jurisdicción subsistió hasta el 20 de mayo de 1918, en que por decisión del Poder Ejecutivo Nacional -decreto mediante- se dejó sin efecto la anexión al Territorio del Neuquén de los Departamentos Gral. Roca y El Cuy, los que quedaban nuevamente bajo la dependencia de la Gobernación del Río Negro.(139/262) Esta medida se adoptó debido a que, pese al tiempo transcurrido desde la anexión de los citados Departamentos, el Congreso Nacional no se pronunció al respecto, a lo que se sumó la serie de inconvenientes que ello trajo aparejado en el plano operativo para la Policía de Neuquén cuya jurisdicción se había modificado. (Mario Raone – «Neuquén, la provincia de los grandes lagos»- 1963)
La suspensión de la anexión, al decir ahora de don Ángel Edelman, estuvo basada en el planteo que hiciera el Juez Letrado de Neuquén, el Dr. Enrique Zinny, quien entendía que, por la improrrogabilidad de la jurisdicción criminal, contrariamente a lo que sucede en el fuero civil, donde priva la voluntad de las partes, no podía abocarse de oficio al juzgamiento de los hechos que pudieran sucederse fuera del territorio del Neuquén cuyos límites geográficos estaban expresamente fijados por la Ley N° 1.532. Esta observación no fue considerada por la Cámara Federal de Apelaciones pues no se pronunció, por lo que la actuación judicial siguió a cargo de los Jueces de cada territorio dándose la curiosa circunstancia de que los policías pertenecientes a las Comisarías anexadas, auxiliares de la justicia e instructores de los sumarios, por lógica estaban subordinados a los magistrados rionegrinos, en tanto que en el plano administrativo dependían directamente de la Jefatura de Policía de Neuquén.
Esta complicada situación, que en nada facilitó el desenvolvimiento de la administración pública, persistió durante dos años hasta que el Poder Ejecutivo, al observar que el Congreso no sancionaba la norma de modificación de los límites territoriales, optó por dar punto final a la cuestión emitiendo, como se dijo, un decreto dejando sin efecto la anexión de los departamentos.
De este modo, el día 05 de junio de 1918, el gobierno neuquino entregó las jurisdicciones que comprendían los departamentos de General Roca y El Cuy que estaban anexados, al Comisario Inspector Héctor Moffat, rubricando por Neuquén el acta respectiva el Comisario Inspector Francisco Caprara, por entonces a cargo de la Jefatura de Policía.
Así, tras una duración de no más de dos años, terminó este curioso caso que podría constituirse en el antecedente más antiguo de regionalización en nuestro medio.
Extraído del libro: Guardianes del Orden, Primera recopilación de datos y antecedentes históricos de la policía de Neuquén 1879-2000, Tomo 3, de Tomas Heger Wagner
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